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La tutela de una persona adulta
¿Qué es la tutela o tutoría de un menor o persona adulta, pero incapacitada en Texas? ¿Para qué se usa este proceso legal?
Bajo la ley de Texas, una tutoría es un proceso legal en donde el juez determina si una persona, a causa de una discapacidad física o mental, no puede proveer para si misma, ni manejar sus asuntos personales.
Por ejemplo la persona no puede alimentarse sola, no puede darse el aseo, ni salir al supermercado o no sabe como contar dinero ni manejar una chequera.
Si la persona es retrasada mental, entonces para comprobar la incapacidad se requiere de un examen y un reporte de un psicólogo o psiquiatra. Si la persona sufre de otra discapacidad física, o por ejemplo sufre de Síndrome de Alzheimer, se requiere un reporte médico.
¿Cuándo necesita la persona incapacitada a un tutor o guardián? Se necesita a un tutor o guardián si la persona no ha designado, previamente, a un agente, legalmente autorizado, para que le maneje todos sus asuntos personales. También si la persona no ha dejado firmado un poder cediéndole a “Fulanito” derechos y deberes, entonces es posible que necesite a un tutor o guardián.
El proceso de aplicar en corte para que le asignen a un tutor a un menor o a un adulto incapacitado es bastante sencillo. Normalmente son los hijos que necesitan autoridad legal para empezar a manejar y llevarle los asuntos al papá o la mamá que ahora por su avanzada edad ya no pueden atenderse solos.
También puede un padre o una madre pedirle a la corte que la asignen como tutor de un hijo mayor que sufra de retraso mental o viceversa un hijo pide ser asignado tutor de la madre que sufre demencia.
De vez en cuando el proceso es disputado por que el hijo, “Fulanito”, quiere ser el guardián del padre, pero como el padre es rico, “Menganito” también quiere ser el guardián del papá. O a veces la persona que supuestamente está incapacitada pelea que no tiene nada y que los hijos que se quieren nombrar guardianes o tutores únicamente lo están haciendo con el propósito de robarse la herencia de los demás.
¿Cómo se nombra uno guardián del menor o adulto incapacitado? Hay que entablar una petición en las cortes del condado. También, hay que presentarle al juez los expedientes médicos o psicológicos del menor o del adulto incapacitado.
La corte debe de asignarle un abogado al menor o adulto incapacitado para que este abogado confirme al juez que no hay “chanchulla” por parte de la persona que se quiere autonombrar tutor o guardián. O sea que si es verdad que la persona necesita alguien para que se encarguen de el o ella.
En las grandes urbes metropolitanas, la corte asigna a un investigador para que este investigador decida si es verdad que al anciano o el menor o adulto incapacitado de veras necesita un tutor o si el tutor tiene otros motivos para querer ser tutor o guardián. El investigador le reporta a la corte si la tutoría debe ser aprobada o no.
También, fíjese usted, existen tutores y guardianes profesionales. Inclusive, hay compañías que a eso se dedican, a proveer estos servicios. Los tutores y guardianes profesionales tienen que contar con una licencia y una certificación para poder rendir estos servicios.
Finalmente, el tutor o guardián, tienen que proporcionar a la corte un inventario y un reporte anual sobre la situación financiera del menor o pupilo en tutela (ward).
Si por ejemplo el viejito tenía dinero en los bancos, el tutor tiene que reportarle a la corte si usó el dinero, en que se uso, y cuanto queda. Si el viejito o menor recibían un cheque del seguro social, entonces también se tiene que reportar cómo se uso el dinero y si sobró algo, entonces en donde está guardado y cuanto queda.
El reporte también debe de detallar como anda el menor o pupilo en cuanto a su salud física o mental.
Mucha gente quiere hacerse tutor o guardián por que el anciano tiene dinero.
Esta gente piensa que pueden mover el dinero, esconderlo, y después dejar que Medicaid Medicare paguen el asilo de ancianos del viejo. Cuando hay hijos, estos se sienten con derecho al dinero de los padres y no pueden entender de que porque deben de usarlo en los padres para medicinas, el asilo o sus doctores.
El esconder dinero y mentir que el viejito no tiene nada para hacer que el Medicaid o Medicare pague medicinas, doctores o el asilo de ancianos es un fraude y constituye una ofensa federal.
La corte le va a decir a los parientes que los ahorros del viejito deben de usarse en el, ahora cuando más los necesita, y no para repartírselos como herencia.
Si usted quiere mas información sobre este tema, puede visitar www.guardianship.org en el sitio www.texasguardianship.org
Carlos H. Cisneros es Abogado en Brownsville, Texas y maneja asuntos penales federales y estatales, así como asuntos civiles y mercantiles. El contribuye esta columna como un servicio a la comunidad hispana. Es el autor de la novela, The Case Runner, ya disponible a la pre-venta en www.amazon.com Aparte, tiene licencia para litigar en los tribunales de todo Texas, tribunales federales (Distrito Sur) y cortes de apelación. Preguntas, sugerencias y citas en el 1002 E. Taylor, Brownsville, o Tel. 956.504.2260, e-mail: chcisneros_atty@hotmail.com







